
Convocatorias Titulaciones Náuticas
La celebración de las pruebas teóricas para la obtención de los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo, que se celebrarán en Melilla, durante las fechas que se detallan a continuación, en el horario y lugar que se determinarán en sus respectivas Convocatorias.
Lugar del examen: I.E.S Miguel Fernández
- Día 26/05/2025 a las 17:30H examen teórico de Capitán de Yate: BOME 6264, de 28 de marzo de 2025
- Día 27/05/2025 a las 17:30H examen teórico de Patrón de Yate: BOME 6264, de 28 de marzo de 2025
- Día 28/05/2025 a las 17:30H examen teórico de Patrón para Navegación Básica (PNB):
BOME 6264, de 28 de marzo de 2025
- Día 28/05/2025 a las 17:30H examen teórico de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER):
BOME 6264, de 28 de marzo de 2025
- BOME 6251, de 11 de febrero de 2025, relativo a la celebración de las pruebas teóricas para la obtención de los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo
- Día 27/10/2025: Capitán de Yate.
- Día 28/10/2025: Patrón de Yate.
- Día 29/10/2025: Patrón para Navegación Básica
- Día 29/10/2025: Patrón de Embarcaciones de Recreo.
- BOME 6251, de 11 de febrero de 2025, relativo a la celebración de las pruebas teóricas para la obtención de los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo.
- Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo
- Real Decreto 259/2002 de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas.
- Real Decreto 238/2019 de 5 de abril, por el que se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo y se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas.
- Resolución de 27 de enero de 2016, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se establece el procedimiento para la obtención del certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo.
Titulaciones Náuticas
Atribuciones
Habilitaciones Anejas
Información general
¿Qué permiten?

Prestar servicios de transporte de suministros, siempre dentro de las aguas interiores marítimas y del mar territorial españoles hasta una distancia máxima de cinco millas desde el puerto, puerto deportivo, marina o playa de salida, efectuados mediante embarcaciones de recreo y motos náuticas, con destino a otras embarcaciones o buques de recreo

Realizar actividades de atraque, fondeo, remolque o desplazamiento de embarcaciones de recreo dentro de las aguas correspondientes a puertos, puertos deportivos, marinas o playas, así como su traslado a otro puerto o lugar siempre que la navegación no tenga lugar a una distancia superior a cinco millas náuticas de la costa

Requisitos

Poseer, al menos, alguno de los siguientes títulos: Capitán de Yate, Patrón de Yate o Patrón de Embarcaciones de Recreo.
Deberán disponer de todas las atribuciones complementarias propias del título de náutica de recreo, para Capitán de Yate, Patrón de Yate y Patrón de Embarcaciones de Recreo, recogidas en el artículo 9 del Capítulo II denominado ‘De las titulaciones de recreo’ del Real Decreto 875/2014.
Documentación
Según el órgano que expida el título:

- Solicitud de la habilitación: Solicitud del canje del título junto con la expedición de las habilitaciones anejas
- Acreditación del abono de las tasas
- Fotocopia de la titulación expedida por la Comunidad Autónoma
- Certificación emitida por la Comunidad Autónoma verificando la autenticidad del título
- Solicitud de la habilitación:
–Solicitud exclusiva de las habilitaciones anejas, teniendo el título en vigor
–Solicitud de las habilitaciones anejas al mismo tiempo que la expedición o renovación de la tarjeta - Acreditación del abono de las tasas